
Ya es posible situar parques eólicos fuera de las Áreas de Desarrollo Eólico (ADE) incluidas en el Plan Sectorial Eólico de Galicia. Este Plan, aprobado inicialmente en 1997 y modificado en 2002, ha quedado obsoleto por muchas razones. Sobre todo, los cambios tecnológicos ocurridos en el sector, con un incremento significativo de la potencia media de los aerogeneradores. Además, el boom eólico de los últimos dos años cambia la escala del desarrollo eólico.
Por último los cambios normativos, impulsados por la mayoría parlamentaria en el Parlamento Gallego están estableciendo modificaciones específicas cada año sin abrir a la participación social la elaboración de un nuevo Plan Sectorial para el sector eólico, como demandan muchos colectivos sociales.
La primera de ellas ocurrió en 2017. Con la modificación de la Disposición Transitoria 2ª de la Ley 8/2009 se contempla que los parques eólicos se sitúen en las zonas incluídas dentro de las Áreas de Desarrollo Eólico (áreas de investigación y áreas de reserva, establecidas por el “….así como en la franjas paralela a estas.”
La segunda en 2021. Se deriva de la Ley 9/2021, del 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia. Entre muchos otros cambios, esa nueva Ley modifica la Ley/8 2009 al establecer una nueva redacción para su artículo 6.4, que queda redactado así: “No podrán implantarse parques eólicos fuera de las áreas incluidas en el Plan Sectorial Eólico de Galicia, con la excepción de las modificaciones sustanciales de los parques en funcionamiento en los términos que se desarrollen reglamentariamente, así como aquellos proyectos que tengan una clara incidencia territorial por su entidad económica y social, posean una función vertebradora y estructurante del territorio y sean declarados como tales por la Xunta de Galicia, por propuesta de la Conserjería competente en materia de energía.”
El poco tiempo transcurrido desde la última modificación no ha permitido aún encontrar peticiones de parques eólicos fuera de las ADEs a través de los nuevos criterios de 2021. Pero si a partir da modificación de 2017. Es el caso de la petición del parque eólico Coto do Carballal, situado en las proximidades del LIC Serra do Cando, pero fuera de la ADE. En esa área, situada sobre Rede Natura, hay en la actualidad 2 parques eólicos de casi 65 MW con 97 aerogeneradores.
Este parque eólico está recogido en el Registro Eólico de Galicia bajo la categoría de “nueva solicitud”. En el artículo 42 de la Ley 8/2009 se indica que en ese Registro se recogerán, entre otros, todos los procedimientos de parques eólicos en tramitación. En ese mismo artículo se indica que esa información será útil para gestionar el solapamiento entre parques eólicos. Es decir, en el momento en que se sitúa un parque eólico sobre ese registro se está a evitar que otros promotores entren en esos espacios. Es obvia la importancia y el significado de este trámite.
En relación con la modificación de 2021 que abre todo el territorio rústico sin protección ambiental a los parques eólicos, la Xunta de Galicia debería establecer criterios objetivos y socialmente aceptables en relación con:
Finalmente, hace falta recordar que la ordenación territorial eólica de la Xunta de Galicia, estableciendo que zonas son aptas y que zonas no lo son para instalar parques eólicos, es de obligado cumplimiento para todas las instalaciones, sean estas tramitadas por la propia Xunta o por el Ministerio. En este contexto, llama la atención que la Xunta de Galicia, cuando se trata de parques eólicos que se tramitan desde el Ministerio, por tener una potencia superior a 50 MW, se posiciona contra los mismos por situarse fuera de las ADEs (cuando la propia normativa aprobada por ella lo permitiría). Por lo menos así está recogido en varias notas de prensa donde aparece el alcalde de Lalín realizando esa afirmación y se cita una entrevista con la directora de Planificación Energética y Recursos Naturales de la Xunta, en relación con los parques eólicos Porcallos y Folgoso.
Desde lo OEGA defendemos una moratoria eólica que permita la actualización de la planificación energética y territorial de la energía eólica. Actualización en la que participe toda la ciudadanía y que derive también en un cambio normativo que recoja el papel activo de las comunidades energéticas en la transición energética.